viernes, 20 de mayo de 2016

La Audiencia Nacional estipula que los sindicatos minoritarios no queden excluidos de la negociación colectiva

He leído en un comunicado de la Confederación Intersindical (a la que pertenece el Sindicato Ferroviario) que “La Sala de lo Social ha dictado sentencia rechazando que CCOO y UGT monopolicen el derecho de negociar las condiciones generales de los trabajadores, por cuanto el derecho a la negociación colectiva es un derecho fundamental de todos los sindicatos (…) incluidos aquellos que no alcanzan el 10% de representatividad en todo el Estado”, ese baremo del 10% que fija La Ley de Libertad Sindical para designar a las centrales con más peso a nivel del Estado “no puede esgrimirse para excluir a una organización en las negociaciones de una compañía”.


La sentencia viene referida a la empresa Heineken pero es un precedente para otras compañías en las que el bipartidismo sindical de CCOO y UGT junto a los representantes de la empresa excluyen a los minoritarios de las mesas de negociación, no escuchando sus reivindicaciones específicas y ocultando información.

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